PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL PROCESO

- ¿Cómo es un proceso de divorcio?
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¿Puedo divorciarme aunque mi cónyuge no esté de acuerdo?

No existe ningún problema. Únicamente es necesario que hayan transcurrido más de 3 meses desde la celebración del matrimonio, salvo casos excepcionales en los que si siquiera ese plazo es necesario (riesgo para la vida, etc), aunque si los cónyuges no están de acuerdo habrá que acudir a un divorcio contencioso, más costoso económica y emocionalmente.

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¿Tengo que alegar alguna causa para poder divorciarme?

Ya no es necesario. Se amplia el ámbito de libertad de los cónyuges en lo relativo al ejercicio de la facultad de solicitar la disolución de la relación matrimonial, reconociéndose mayor trascendencia a la voluntad de la persona cuando ya no desea seguir vinculada con su cónyuge. Así pues, basta con que uno de los esposos no desee la continuación del matrimonio para que pueda demandar el divorcio, sin que el demandado pueda oponerse a la petición por motivos materiales, y sin que el Juez pueda rechazar la petición, salvo por motivos personales. En aplicación de lo anterior, desaparecen los listados de causas de separación y de divorcio y se reduce el plazo mínimo de petición a tres meses desde la celebración del matrimonio.

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¿Debo tramitar la separación antes que el divorcio?

No es necesario separarse antes de divorciarse. Se puede solicitar el divorcio sin separación previa, aunque la solicitud de separación se aconseja cuando los cónyuges no tienen muy claro la ruptura total de sus vínculos afectivos y legales y prefieren un paso anterior, menos definitivo.

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¿Qué diferencias hay entre la separación y el divorcio?

La separación no disuelve el vínculo matrimonial. Tiene una serie de efectos como la ruptura de la convivencia, y la disolución de los efectos de la sociedad de gananciales, caso de ser el régimen económico vigente en el matrimonio.

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¿Puedo volver a casarme tras el divorcio?

Al haberse disuelto el vinculo matrimonial, no existe ningún impedimento para volver a contraer matrimonio civil. Distinto sería que se quisiese contraer matrimonio eclesiástico. Si no hay sentencia de Nulidad Eclesiástica sería posible contraer, como se ha dicho, matrimonio civil, pero no eclesiástico.

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¿Cabe la reconciliación durante el procedimiento de divorcio?

Para reconocerse la reconciliación será preciso que ambos cónyuges, por separado, se lo comuniquen al juez, siempre que dicha reconciliación se produzca antes del dictado y declaración de firmeza de la Sentencia de Divorcio. Si esta se ha dictado y es firme, se podría volver a contraer matrimonio entre los dos miembros de la pareja divorciada.

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¿Qué tipos de procedimiento de divorcio existen?

Existe el divorcio de mutuo acuerdo, que es el que siempre recomendamos por ser menos traumático y costoso y si no existe acuerdo entre los cónyuges, existe el divorcio contencioso.

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¿Qué diferencias hay entre la separación y el divorcio?

El costo de un divorcio depende del trabajo y tiempo que le suponga a los profesionales que intervienen. Si es de mutuo acuerdo y dado que es mucho más rápido y exige menos trabajo, el costo del mismo es de 250 € IVA, incluido, salvo que existan hijos o bienes que repartir ya que en ese caso el coste sería de 350 € IVA incluido.

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¿Cuánto tarda un divorcio?

Un divorcio de mutuo acuerdo, de media, y con independencia de la carga de trabajo que tenga el Juzgado en el que caiga el procedimiento por reparto, suele tardar no más de 3 meses. Si el divorcio es contencioso es bastante más lento el procedimiento y su duración no suele ser inferior a 6 u 8 meses.

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¿Dónde se solicita el divorcio?

En el Juzgado de Primera instancia del lugar del domicilio conyugal. Si los cónyuges residen en distintos partidos judiciales el Juzgado competente sería el del último domicilio conyugal o el del domicilio del demandado, a elección del demandante o de ambos cónyuges si el divorcio es de mutuo acuerdo.

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¿Es obligatoria la asistencia de Abogado y Procurador en el proceso de divorcio?

Es obligatoria a intervención de Abogado y Procurador. Cuando el divorcio es de mutuo acuerdo, ambos cónyuges pueden ser defendidos y representados por el mismo Abogado y Procurador.

Q

¿Qué documentos debo preparar para iniciar el procedimiento de divorcio?

CERTIFICADO DE MATRIMONIO (Se expide en el Registro Civil o Juzgado de Paz de la localidad donde se celebró el matrimonio), CERTIFICACIÓN DE NACIMIENTO DE LOS HIJOS, en caso de haberlos (Se expide en el Registro Civil o Juzgado de Paz de la localidad donde se celebró el matrimonio) y SENTENCIA DE SEPARACIÓN (en aso de haber existido separación previa)

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¿Qué ventajas tiene el divorcio de mutuo acuerdo?

Es mucho menos costoso emocional y económicamente. Ambos cónyuges están de acuerdo en las medidas que recogerán en el convenio regulador, pueden ser asistidos por el mismo Procurador y Abogado y está comprobado que los hijos, caso de haberlos, sobrellevan el divorcio de sus padres con más naturalidad.

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¿Qué ocurre si uno de los Cónyuges no ratifica el Convenio?

Se procederá al archivo de la demanda de divorcio de mutuo acuerdo.

Q

¿En qué consiste el divorcio express?

Es una manera coloquial de, tras la nueva reforma, llamar al procedimiento de divorcio que se tramita de forma rápida y sencilla, sobre todo cuando el divorcio es de mutuo acuerdo.

Q

¿Cómo se tramita el divorcio contencioso?

Es necesario presentar la demanda contenciosa de divorcio en el Juzgado tras la que se le dará un plazo de 20 días a la parte demandada para que conteste a la misma. Se citará a ambas partes a la Vista Oral a la que deberán acudir preceptivamente acompañadas de sus respectivos Abogados y Procuradores. Será también parte el Ministerio Fiscal si el matrimonio tiene hijos menores de edad. En dicha vista se practicarán las pruebas que se propongan y sean admitidas y después de celebrada la misma se dictará Sentencia decretando el divorcio y acordando las medidas que regirá la relación entre los ex cónyuges, tales como atribución del domicilio familiar, custodia de los menores, régimen de visitas, pensiones alimenticias, etc. Dicha sentencia podrá ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial.

Q

¿Pueden modificarse con posterioridad las medidas fijadas en la sentencia de divorcio?

Si, siempre que se hayan alterado sustancialmente las circunstancias tenidas en cuenta para la adopción de dichas medidas.

Q

¿Puede modificarse el procedimiento, de contencioso al amistoso y viceversa?

En ambos casos es posible.

SOBRE EL CONVENIO REGULADOR

¿Qué es un convenio regulador?
Q

¿Qué es el Convenio Regulador?

Es el acuerdo escrito al que llegan los cónyuges para regular las medidas que regirán tras su separación o divorcio en cuanto a los hijos comunes, medidas económicas, etc.

Q

¿Debe ser aprobado judicialmente?

Necesariamente

Q

¿Puede el Juez rechazar el Convenio?

Si, siempre y cuando el convenio resulte perjudicial para los hijos o gravemente lesivo para los intereses de una de las partes. En este caso los cónyuges tendrán que proponer otro convenio o modificar el anteriormente presentado aquellos pactos no aprobados por el Juez.

Q

¿Cuándo se presenta?

En unidad de acto con la demanda.

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